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Actualizado el 3/1/2025
¿Existen requisitos de los requisitos? Analizamos la
controversia sobre el uso de 'prerrequisito' y su aparente redundancia. Con
base en la opinión autorizada de la RAE, exploramos cuándo es correcto emplear
este término y las reglas lingüísticas detrás de su escritura.
¿Será posible que existan
requisitos de los requisitos?
Soy contrario a la utilización
de la palabra, pues me parece una redundancia; sin embargo, consigno la opinión
– autorizada, por cierto – de la RAE, para que Ud. decida cuál utilizar:
En
relación con su consulta, le remitimos la siguiente información, extraída del
Diccionario panhispánico de dudas:
Requisito.
‘Condición necesaria para algo’. Esta palabra ya lleva implícita la idea de
anterioridad; por tanto, la forma prerrequisito
solo debe usarse si se refiere expresamente a un requisito previo a otro u otros requisitos; así, en Puerto Rico y
otros países de América, se llama prerrequisito a la asignatura obligatoria y
previa a otra que también lo es para alcanzar un grado: Seminario de Derecho de
la Persona y la Familia. Prerrequisito: Derecho de Familia. 3 créditos.
Reciba
un cordial saludo.
Departamento
de «Español al día»
Real
Academia Española
La 'rr' se explica,
considerando que la 'r' se duplica entre vocales, siempre que su sonido sea
fuerte. Así, adquiere una adicional, ajena a la escritura de 'requisito'.
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