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Plebiscito vinculante

Definición y usos


Actualizado el 24/7/2021



Extraído de Google: Revista Semana


Si bien este Blog tiene el propósito fundamental de difundir el uso correcto del lenguaje – o darle de oportunidad de elegir lo que este le permite y hablar como Ud. guste -, no es menos cierto que su nombre indica ‘Lenguaje, literatura y temas diversos’, por lo que el título del presente artículo es atinadísimo. Máxime que lo enfocaré desde, precisamente, la óptica lingüística, ajena a cualquier enfoque político partidista.

Se habla de plebiscito en las calles, cafés, lugares de trabajo, casas, como una aspiración de muchos, resistido por otros.

Un plebiscito es, de acuerdo al DRAE:

Plebiscito: Del lat. plebiscītum. 1. m. Resolución tomada por todo un pueblo por mayoría de votos. 2. m. Consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre una cuestión política o legal. 3. m. En la antigua Roma, ley que la plebe establecía a propuesta de su tribuno, separadamente de las clases superiores de la república, y que obligó al principio solo a los plebeyos, pero más tarde a todo el pueblo.

Destaque las dos primeras acepciones – significados -, considerando que son los que aplican en este momento.

Sus sinónimos más comunes son:

Referéndum (referendo), consulta

Pese a lo anterior, el mismo DRAE considera una diferencia entre plebiscito y referéndum, como se aprecia en:

Referéndum: Del fr. référendum, y este del lat. referendum 'lo que ha de ser consultado', n. del gerundivo de referre 'consultar'. 1. m. Procedimiento por el que se someten al voto popular leyes o decisiones políticas con carácter decisorio o consultivo. 2. m. Despacho en que un agente diplomático pide a su Gobierno nuevas instrucciones sobre algún punto importante.

Para más claridad, cito:

El plebiscito es utilizado por el jefe de Gobierno para someter a consideración del pueblo acciones o decisiones muy importantes para la vida en la ciudad, antes de su ejecución. El referéndum permite al pueblo emitir su voto para aprobar o rechazar la concepción, modificación o derogación de una ley.

(Definición.de, 2008-2019)

El plebiscito se establece con dos respuestas. Por ejemplo:

¿Está de acuerdo con reformar la Constitución?

Sí – No

Tiene dos formatos: consultivo y vinculante

El primero – consultivo – solo tiene ese propósito, por lo que puede usarse como referencia para la decisión final que tomarán quienes lo organizaron sin ninguna obligatoriedad, en tanto que el vinculante posee un carácter impositivo, es decir, su resultado debe acatarse e incluirse como decisión.

De acuerdo a nuestra Constitución, el Presidente es quien llama a plebiscito.

Ahora que ya lo sabe, puede formular su opinión, la que guste.

Definición.de. (2008-2019). Definición de plebiscito. Obtenido de https://definicion.de/plebiscito/


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